Serán obligatorias para las ramas técnica, artística y profesional – En Chascomús rige una ordenanza para el ámbito municipal desde el año 1996 que el actual gobierno local no respetó el año pasado con las prácticas profesionalizantes porque no abonó a los alumnos una ayuda económica educativa como fija la norma
A través de una resolución de la Dirección General de Cultura y Educación publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció el “Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo”, que consistirá dos tipos de modalidades: las “prácticas profesionalizantes”, de carácter obligatorio; y las “pasantías educativas”, optativas para los estudiantes.
En rigor, ambas modalidades se implementan en la Provincia desde hace años, pero la nueva reglamentación introduce algunos cambios sustanciales y unifica todo el sistema en un único circuito administrativo, que permitirá la inscripción online de empresas, entidades, organismos públicos y aspirantes a realizar sus prácticas en esos espacios.
Las prácticas profesionalizantes son de carácter obligatorio y desde 2010 se desarrollan en la Educación Técnica y Agraria, tanto en el nivel secundario como superior, y a la formación profesional. Ahora, la resolución incorpora también la rama de la Educación Superior Artística.
Esta modalidad tendrá una duración máxima de 12 meses y no podrán superar las 4 horas diarias y 20 semanales, ya que se realizaran a contraturno del horario escolar. El objetivo de estas prácticas es “familiarizar e introducir a los estudiantes en los procesos y el ejercicio profesional u ocupacional vigentes”.
En tanto, las pasantías educativas están orientadas hacia la Educación Secundaria, de adultos y Especial, y serán optativas para los estudiantes de estas ramas.
En este caso, tendrán un plazo máximo de seis meses prorrogable por igual período, y los estudiantes no podrán concurrir más de 4 horas diarias o 20 semanales, también a contraturno de su horario de cursada habitual.
El objetivo es, según la resolución, “favorecer la profundización y recreación de las capacidades adquiridas en el proceso formativo, vinculadas con el trabajo y la producción en el contexto del desarrollo local y regional donde las instituciones educativas están inmersas”.
La norma aclara que el desarrollo de estas prácticas en empresas u organismos estatales “no crea para el estudiante ningún tipo de relación de dependencia laboral con la institución”.
El anuncio del nuevo sistema había generado inquietud en la comunidad educativa, que recordó el debate que se dio a fin del año pasado en la Ciudad de Buenos Aires en torno a la idea del Gobierno de establecer pasantías obligatorias con una mayor carga horaria, reemplazando así la currícula escolar.
Sin embargo, fuentes del Ejecutivo indicaron a DIB que el sistema bonaerense es diferente y que no va en detrimento de las cursadas normales de los estudiantes, al tiempo que recalcaron que el sistema obligatorio se lleva a cabo desde el año 2010 para las modalidades técnica y agraria.
En Chascomús
En Chascomús este tipo de pasantías se han realizado desde hace décadas en la Escuela Industrial, a través de convenios con diferentes establecimientos industriales, incluyendo además al Municipio.
En este marco el actual gobierno municipal puso en marcha también el año pasado prácticas profesionalizantes con alumnos de la mencionada Escuela Industrial, pero sin respetar la ordenanza Nº 2660 del año 1996, promulgada por el decreto Nº 1199/96, dado que establecía una partida por la que abonaba una ayuda económica educativa a los estudiantes, algo que no se cumplió en el 2018 sin que el Concejo Deliberante dijera algo al respecto.
Los alumnos realizaron en ese entonces prácticas en Obras Sanitarias, Área de Computación y Museo Pampeano entre otras dependencias comunales.
La norma autorizaba al Departamento Ejecutivo a contratar temporariamente a estudiantes de los ciclos secundario, terciario y universitario bajo la figura de prácticas rentadas o pasantías, por períodos determinados y en función de la capacitación que acreditaran para el desempeño de las tareas encomendadas.
Además las contrataciones que se efectuaban debían realizarse previo concurso para cada caso, que debe tener en cuenta el grado de capacitación de los postulantes así como la conveniencia de contribuir a la financiación de sus estudios.
Por otra parte se fijaba que la evaluación de los concursantes debía contar con la participación de los Directores de los establecimientos educativos, pero también con la de los Centros de Estudiantes.
En lo que hace a los horarios y condiciones de trabajo eran las vigentes para el personal municipal, pero estando prevista su adecuación a las exigencias de los estudios que cursaran los contratados.
Finalmente se fijaba una partida especial para ese tipo de contrataciones.
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