Lic. Alejandro Bonavita
A pesar de presentar la cláusula gatillo como garantía para evitar la pérdida del poder adquisitivo, no cumple tal función, lo que en rigor hace es igualar el salario del mes en que se aplica con el mes tomado como base pero el período intermedio puede generar diferencias que no se compensan con ese instrumento.
El Lic. Alejandro M. Bonavita, Economista-Master en Finanzas Públicas Provinciales y Municipales (c), consultado por esta redacción nos hizo llegar una nota, en relación a la cláusula gatillo que se aplicará en los sueldos de los empleados municipales, que a continuación publicamos.
“Dos de las funciones del dinero, son unidad de cuenta y medio de pago; es por ello que los precios se miden en unidades monetarias, y se utilizan billetes y monedas para pagar las erogaciones.
El salario es, según se trate de empleado o empleador, un ingreso u obligación monetaria, en el sentido que se expresa y se cancela con dinero; sin embargo su real valor reside en los bienes y servicios a los que permite acceder, de ahí que el salario real se encuentra estrechamente vinculado al poder adquisitivo del ingreso.
En un contexto inflacionario, cada peso pierde valor de manera continua, por lo tanto para mantener el salario real se requiere que el salario monetario se incremente a la par de los precios.
En los últimos años apareció la expresión “cláusula gatillo” que no es ni más ni menos que la vieja y conocida indexación.
A pesar de presentar la cláusula gatillo como garantía para evitar la pérdida del poder adquisitivo, no cumple tal función, lo que en rigor hace es igualar el salario del mes en que se aplica con el mes tomado como base pero el período intermedio puede generar diferencias que no se compensan con ese instrumento.
En línea con la interpretación generalizada, el acuerdo paritario estableció una cláusula gatillo “…dado el interés de garantizar que no haya una pérdida en el poder adquisitivo de los trabajadores municipales” determinando que ““…en el mes de Marzo de 2019 un Incremento Salarial Remunerativo, equivalente a la diferencia que pueda llegar a existir cuando la variación del IPC -índice de precios al consumidor- informado por el INDEC superase el incremento salarial acumulado anual a dicha fecha…”.
Teniendo en cuenta lo señalado, y conocida la evolución de precios y salarios a lo largo del último año, es sencillo determinar por un lado la magnitud de la actualización por cláusula gatillo y estimar la pérdida sufrida durante el año.
Antes de concluir con las resultados, resulta pertinente señalar que en un contexto de pérdida generalizada de salario de todos los sectores económicos, la municipalidad de Chascomús constituye una situación ambigua: por un lado no se observan sectores cuyo salario en febrero de 2019 se equipare, en poder de compra al de un año anterior, pero por otro lado la pérdida a lo largo del año resulta un 30% superior al promedio de los sectores de la Economía.
Respecto al ajuste por diferencia de inflación anual, la adecuación alcanzará el 26,04%, en tanto la pérdida acumulada durante el año resulta cerca de un salario y medio; comparado con el promedio de la economía que la pérdida resultó menor a un salario, sin embargo no hubo, en general, recomposición mediante gatillo.
En resumen se podría decir que a lo largo del año los empleados municipales sufrieron un deterioro mayor que el asalariado promedio, pero quedan claramente mejor posicionados para el presente año”.

