El juez federal Luis Rodríguez procesó a los funcionarios de la gestión macrista Juan José Aranguren y Laura Alonso. El ex ministro de Energía está acusado de negociaciones incompatibles con la función pública. El magistrado le trabó un embargo de 1.200.000 pesos. Para Alonso, en tanto, el procesamiento fue por encubrimiento y abuso de poder. El embargo alcanzó el millón de pesos.
“Se ha demostrado, con el grado de certeza aquí exigido, que Juan José Aranguren en su calidad de Ministro de Energía y Minería se interesó en que la empresa Shell incrementara sus operaciones de importación de petróleo crudo y derivados, demorando los controles que le correspondían en razón a su cargo y determinando tardíamente la implementación de un registro que permitiera controlar esta situación», dijo.
Para el magistrado, “ello permite dar por acreditado el aspecto objetivo de la figura de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública en orden al incremento desmedido de la empresa Shell, en el cual el mismo se interesó”. Aclaró asi que para esta figura penal “no resulta indispensable para la configuración de este delito que nos encontremos ante la presencia de un conflicto de intereses”.
El fallo señaló: “Es cierto que aquí el encartado no intervino en un acto particularmente vinculado a la empresa Shell, como sí aconteció en el supuesto examinada anteriormente, sino se observa que la falta de control se vio signada en el interés del mismo en beneficiar a la empresa Shell en sus operaciones de importación demorando la implementación de los controles propios del ámbito de su competencia”
Con Alonso, Rodriguez fue especialmente duro. “Con gran asombro puede leerse de sus fundamentos que Alonso reconoce que Aranguren delegó la función que tuviera encomendada en CAMMESA a un funcionario directo suyo, circunstancia que en nada le llamara la atención a la imputada y que vilmente pretendiera naturalizar como legal”.
“Parece ser que para la titular de la Oficina Anticorrupción, el hecho de que fuera el propio ministro quien delegara su función en CAMMESA en un empleado suyo y, además, mantuviera la potestad de aprobación y pago de las operaciones, no es relevante”, afirmó. Y agregó: “Se advierte que la encartada efectuó distintas recomendaciones que no vendrían al caso y que tendrían por destino brindar una apariencia de legalidad a la conducta llevada a cabo por Aranguren durante su función”.